IMPUNIDAD
(I)
Según el Diccionario de la Lengua
Española, la palabra IMPUNIDAD
desciende del latín impunitas, que se refiere a la falta de castigo, en derecho romano. Se entiende por castigo, la
pena impuesta al que comete una falta o delito. De tal manera, ni se sanciona
ni se intenta enmendar la conducta reprobable del que comete la falta.
Bien, dicho esto, me asaltan
varias preguntas. ¿Gozan de impunidad los piquetes sindicales o los violentos
que se propasaron en la pasada huelga general del 14 de noviembre? La respuesta
es obvia: NO. Los susodichos que cayeron en manos de la policía antidisturbios,
se llevaron su ración de porra, pelota de goma, gas lacrimógeno, denuncia y
posterior juicio penal.
Segunda cuestión que me
desasosiega: ¿Gozan de impunidad las Unidades de Intervención de la Policía
Nacional (UIP)? La respuesta, lamentablemente es también obvia: SÍ. Y a
continuación, vamos a argumentar esta afirmación.
El Ministro de Interior, Jorge
Fernández Díaz, justifica las brutales cargas policiales del 25 y 26 de
septiembre, o las producidas durante la huelga general del 14 de noviembre como
“ejemplares, exquisitas en el trato, y proporcionalidad”.
La Delegada del Gobierno de
Madrid, Cristina Cifuentes, afirma que “…las UIP respondieron proporcionalmente
a la extrema violencia de los manifestantes.”
¿Qué dice la Ley acerca del
Número de Identificación del Policía Nacional? Según el artículo 21.2, del BOE
del 5 del 12 de 1987:
2.1. “Su
exhibición será obligatoria para todo funcionario que vista de uniforme…se
colocará en la prenda de vestir correspondiente, centrado e inmediatamente
debajo del emblema de la Policía Nacional”.
2.2.
“Los
funcionarios que realizan servicio de uniforme acreditarán su condición de
Agentes de la Autoridad con el mismo. No obstante, llevarán obligatoriamente el
carné profesional, que será exhibido cuando sean requeridos para identificarse
por los ciudadanos, con motivo de sus actuaciones policiales”.
¿Cuál es el castigo que se aplica
a un agente por no mostrar la identificación? Sanción administrativa, empleo y
sueldo temporal en el peor de los casos. Sin embargo, si tú (ciudadano español
de a pie) te niegas a mostrar el DNI, es un delito tipificado en el Código
Penal. ¿Compensa a un agente arriesgarse? Sí, lógicamente, la sanción es mucho
menor que si fuese denunciado por abuso de la fuerza o agresión injustificada.
¿Cuál es la única solución?
Tipificar como falta muy grave la “no identificación” de los agentes, que les
hace gozar actualmente de total impunidad ante la comisión de cualquier
infracción.
Las comparaciones son odiosas,
desde luego, pero ¿cómo se identifican los antidisturbios en Alemania?
¿Y, por ejemplo, en Turquía?
¿Cuál es la sanción máxima
imponible a un agente de la UIP, por abuso de autoridad, agresión verbal, uso
inapropiado de la fuerza (golpes por encima de la cintura o patadas no
reglamentarias), vejación física? Unos meses de empleo y sueldo. Les sale
barato abrirle la cabeza a un niño de 13 años el 14 de noviembre, o dejar
parapléjico a un manifestante pacífico granadino el 25 de septiembre en Madrid, o
reventarle el globo ocular y dejar tuerta a una mujer en Cataluña el 14 de noviembre…¿no
creen? Sin embargo, si usted o yo hiciésemos lo mismo, nos enfrentaríamos a
años de cárcel.
A continuación, para ilustrar este testimonio, les ofrezco
algunos enlaces de YouTube, en los que busco despertar la conciencia del que me
lee. El primero, por cercanía en el tiempo, es la brutal agresión de los mossos
de squadra a un niño de 13 años, a su madre y a una chica que les
recrimina su brutalidad.
Esto es lo que le sucede a un ciudadano español cuando le pide
el número de identificación a un policía antidisturbios.
“Tus derechos me los paso yo por los cojones”, con perdón.
Un policía de la UIP se “inventa” una patada, para detener a
un fotógrafo de prensa acreditado.
El colmo de la impunidad: policías infiltrados revientan la
manifestación del 25 de septiembre en Madrid, y después ayudan a la UIP a
detener aleatoriamente a manifestantes.
“Que soy compañero, coño”. 25 de septiembre, Madrid.
Mossos infiltrados provocan la carga policial en Barcelona, y
tienen que ser rescatados por los antidisturbios, después de ser descubiertos
por los manifestantes. Bochornoso. Después de ver docume ntos así,
¿quiénes son los violentos? http://www.youtube.com/watch?v=NHt7TJjCn4M
Por cierto, éstos últimos se permiten el lujo de cargar con defensas (porras) extensibles, prohibidas por su peligrosidad el 14 N en Barcelona. Esto ya es regodeo en la total impunidad.
Vista la nula disponibilidad del
Ministro de Interior a cambiar esto, es hora ya de que el pueblo español exija
un referéndum para que los ciudadanos decidamos el cambio de norma. Nuestros
políticos (gozosos de privilegios y borrachos de poder) se mofan de estas
propuestas, alegando que no se puede votar todos los fines de semana. Sin
embargo, las comparaciones vuelven ser odiosas, en Suiza celebraron en
septiembre su séptimo referéndum nacional (para decidir si se subía 3 puntos el
IVA) en lo que va de 2012…y ganó el SÍ.
VIVIR
PARA VER.