domingo, 18 de noviembre de 2012

IMPUNIDAD (I)


IMPUNIDAD (I)

Según el Diccionario de la Lengua Española, la palabra IMPUNIDAD desciende del latín impunitas, que se refiere a la falta de castigo, en derecho romano. Se entiende por castigo, la pena impuesta al que comete una falta o delito. De tal manera, ni se sanciona ni se intenta enmendar la conducta reprobable del que comete la falta.

Bien, dicho esto, me asaltan varias preguntas. ¿Gozan de impunidad los piquetes sindicales o los violentos que se propasaron en la pasada huelga general del 14 de noviembre? La respuesta es obvia: NO. Los susodichos que cayeron en manos de la policía antidisturbios, se llevaron su ración de porra, pelota de goma, gas lacrimógeno, denuncia y posterior juicio penal.

Segunda cuestión que me desasosiega: ¿Gozan de impunidad las Unidades de Intervención de la Policía Nacional (UIP)? La respuesta, lamentablemente es también obvia: SÍ. Y a continuación, vamos a argumentar esta afirmación.

El Ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, justifica las brutales cargas policiales del 25 y 26 de septiembre, o las producidas durante la huelga general del 14 de noviembre como “ejemplares, exquisitas en el trato, y proporcionalidad”.

La Delegada del Gobierno de Madrid, Cristina Cifuentes, afirma que “…las UIP respondieron proporcionalmente a la extrema violencia de los manifestantes.”

¿Qué dice la Ley acerca del Número de Identificación del Policía Nacional? Según el artículo 21.2, del BOE del 5 del 12 de 1987:

2.1. “Su exhibición será obligatoria para todo funcionario que vista de uniforme…se colocará en la prenda de vestir correspondiente, centrado e inmediatamente debajo del emblema de la Policía Nacional”.
2.2. “Los funcionarios que realizan servicio de uniforme acreditarán su condición de Agentes de la Autoridad con el mismo. No obstante, llevarán obligatoriamente el carné profesional, que será exhibido cuando sean requeridos para identificarse por los ciudadanos, con motivo de sus actuaciones policiales”.

¿Cuál es el castigo que se aplica a un agente por no mostrar la identificación? Sanción administrativa, empleo y sueldo temporal en el peor de los casos. Sin embargo, si tú (ciudadano español de a pie) te niegas a mostrar el DNI, es un delito tipificado en el Código Penal. ¿Compensa a un agente arriesgarse? Sí, lógicamente, la sanción es mucho menor que si fuese denunciado por abuso de la fuerza o agresión injustificada.

¿Cuál es la única solución? Tipificar como falta muy grave la “no identificación” de los agentes, que les hace gozar actualmente de total impunidad ante la comisión de cualquier infracción.

Las comparaciones son odiosas, desde luego, pero ¿cómo se identifican los antidisturbios en Alemania?

¿Y, por ejemplo, en Turquía?

¿Cuál es la sanción máxima imponible a un agente de la UIP, por abuso de autoridad, agresión verbal, uso inapropiado de la fuerza (golpes por encima de la cintura o patadas no reglamentarias), vejación física? Unos meses de empleo y sueldo. Les sale barato abrirle la cabeza a un niño de 13 años el 14 de noviembre, o dejar parapléjico a un manifestante pacífico granadino el 25 de septiembre en Madrid, o reventarle el globo ocular y dejar tuerta a una mujer en Cataluña el 14 de noviembre…¿no creen? Sin embargo, si usted o yo hiciésemos lo mismo, nos enfrentaríamos a años de cárcel.

A continuación, para ilustrar este testimonio, les ofrezco algunos enlaces de YouTube, en los que busco despertar la conciencia del que me lee. El primero, por cercanía en el tiempo, es la brutal agresión de los mossos de squadra a un niño de 13 años, a su madre y a una chica que les recrimina su brutalidad.

Esto es lo que le sucede a un ciudadano español cuando le pide el número de identificación a un policía antidisturbios.

“Tus derechos me los paso yo por los cojones”, con perdón.

Un policía de la UIP se “inventa” una patada, para detener a un fotógrafo de prensa acreditado.

El colmo de la impunidad: policías infiltrados revientan la manifestación del 25 de septiembre en Madrid, y después ayudan a la UIP a detener aleatoriamente a manifestantes.

“Que soy compañero, coño”. 25 de septiembre, Madrid.

Mossos infiltrados provocan la carga policial en Barcelona, y tienen que ser rescatados por los antidisturbios, después de ser descubiertos por los manifestantes. Bochornoso. Después de ver docume ntos así, ¿quiénes son los violentos? http://www.youtube.com/watch?v=NHt7TJjCn4M



Por cierto, éstos últimos se permiten el lujo de cargar con defensas (porras) extensibles, prohibidas por su peligrosidad el 14 N en Barcelona. Esto ya es regodeo en la total impunidad. 

Vista la nula disponibilidad del Ministro de Interior a cambiar esto, es hora ya de que el pueblo español exija un referéndum para que los ciudadanos decidamos el cambio de norma. Nuestros políticos (gozosos de privilegios y borrachos de poder) se mofan de estas propuestas, alegando que no se puede votar todos los fines de semana. Sin embargo, las comparaciones vuelven ser odiosas, en Suiza celebraron en septiembre su séptimo referéndum nacional (para decidir si se subía 3 puntos el IVA) en lo que va de 2012…y ganó el SÍ.
VIVIR PARA VER.

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